Una buena Convivencia Escolar es la anticipación de la vida social que queremos para el país especialmente para los niños y niñas quienes son quienes replicaran nuestros ejemplos.
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domingo, 12 de diciembre de 2010

Principios inherentes a las normas de convivencia escolar

  • De subordinación: Esto significa que toda norma de un establecimiento escolar debe estar sujeta a derecho. Por ende, debe ser acorde a la ley chilena y a los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado chileno.
  • De igualdad y no discriminación, establecido en nuestra Constitución Política en el artículo 19 Nº 2, y en la Convención sobre los Derechos del Niño en su artículo 2. En el ámbito escolar, dicho principio significa que todos los niños, niñas y jóvenes son iguales, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico, social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquiera otra condición del niño, de sus padres o apoderados. Se entiende que la norma es para todos y con igualdad de condiciones. Este requisito está estrechamente vinculado con la eliminación de la “arbitrariedad”, al igual que la aplicación del procedimiento disciplinario. La arbitrariedad daña la relación y es un acto de injusticia en cualquier contexto de convivencia humana.
  • De legalidad: Este principio comprende dos aspectos: por una parte se espera que las normas describan los comportamientos que se van a sancionar; y por otra que las sanciones que se impongan sean proporcionales a la falta y a la responsabilidad que le cupo a la persona.
  • De información: Las normas de convivencia deben ser puestas en conocimiento de todos los actores de la comunidad educativa. Este es un principio básico en cualquier sociedad democrática. Y es una condición que obliga, a los que están en el nivel superior de la jerarquía escolar, a difundirlas y a los que están en el nivel inferior de la jerarquía, a buscar acceso a la información. Por tanto, está asociada también a los procedimientos y canales de información de la comunidad escolar.
  • De formación: En el ámbito escolar, la norma debe tener un carácter formativo para las personas, es decir, que el sentido de la norma sea consecuente con la misión institucional.

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Recuerdos: Mi escuela, Lugar de Paz - 2010